Convenios para evitar la doble tributación

Para evitar la doble tributación en sus legisladores, una gran cantidad de países han establecido convenios, legislaciones, retenciones de impuestos, cada vez que las empresas locales cancelen honorarios a beneficiarios residentes de otros países.

¿Qué son los Convenios para evitar la doble tributación?

Las relaciones comerciales registran un incremento debido a la globalización y la llegada del internet. Es por ello, que muchas empresas se animan a participar en el comercio exterior. No obstante, estas empresas pueden sufrir de una doble imposición porque cada Estado elabora su legislación fiscal de modo soberano.

Un Estado al aplicar el principio de territorialidad por el ingreso de fuente local podía conducir a que:

  • Una misma persona sea gravada en dos países distintos por una misma renta
  • Una misma renta sea gravada en dos personas distintas en dos países distintos
  • Un mismo bien sea gravado en dos países distintos.

Las diferentes administraciones fiscales tratan de establecer medidas para evitar la doble imposición. Estas medidas, pueden ser de carácter unilateral, esto consiste en el establecimiento de deducciones para los casos de doble imposición. Pero ante la insuficiencia de las anteriores para resolver los problemas de doble gravamen, existen también medidas de carácter bilateral.

Una carga impositiva excesiva desalienta el comercio exterior, por lo que los Estados se animan a ofrecer deducciones impositivas. Sin embargo, gracias a los convenios bilaterales entre países se puede disminuir estos efectos negativos.

¿Cuál es el objetivo de los convenios?

Los convenios, con el fin de evitar la doble tributación, tienen como finalidad que la situación fiscal de los contribuyentes que ejercen actividades económicas en otros países sea clarificada, unificada y garantizada.

En el Ecuador, la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno requiere retener el 22% o el 25% de impuesto a la renta, cuando se pague honorarios por servicios o pagos por ingresos tributables a una empresa residente de otro país, existe la posibilidad de aplicar los convenios para evitar la doble tributación que Ecuador mantiene con otro países y que a fin de cuentas lo que muestra es la posibilidad de que la compañía extranjera pague los impuestos en su país de origen y no se someta a la retención en la fuente.

También, la legislación ecuatoriana exige para estos casos un certificado de auditores externos que tengan filiales en el país de la empresa extranjera. A su vez, vale la pena destacar que, si su empresa tiene relaciones internacionales, lo más seguro es que necesitan una ayuda extra que la pueden conseguir en un Auditor Internacional que le asesore sobre el camino a seguir o le ayude con una certificación de gastos en el exterior.

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