pagos al exterior con tarjeta de crédito

Alcance:

La Ley para el Equilibrio de las Finanzas Públicas establece que quienes realicen consumos desde el exterior de hasta $ 5.000 dólares anuales con tarjeta de crédito o débito, no pagan Impuesto a la Salida de Divisas (ISD). ( Rige desde el 1 de mayo del 2016).

Cuando una persona sale del país puede llevar hasta $ 1.098 dólares en efectivo (tres salarios básicos unificados) en cada viaje.

Salario básico unificado al 2016 en Ecuador es de US$366. ( 366 x 3 = 1,098)

Si el viaje lo realiza un adulto con un menor de edad, se suma por este último un salario básico unificado adicional, es decir, podrán salir con US$1,464.

Pasos para declarar

Si usted, al salir del país lleva una cantidad mayor a los valores mencionados, debe declarar y pagar el tributo de la manera siguiente:

  1. Llenar el formulario 106 en línea, en el que debe incluir el código del impuesto 4580, disponible en la página web institucional (www.sri.gob.ec), Servicios en línea / Declaraciones. Se puede elegir la forma de pago más conveniente para cancelar el impuesto a través de convenio de débito, banca presencial y dinero electrónico. Al salir del país debe presentar el comprobante electrónico de pago.
  2. Si decide declarar y pagar en el aeropuerto, debe llenar el formulario 106 físico, disponible en los almacenes libres autorizados (Duty Free) y cancelar el valor del ISD en el mismo lugar.

¿Qué me pasa si no declaro?

En los puertos, aeropuertos y zonas fronterizas, el Servicio de Rentas Internas, a través del grupo de fedatarios fiscales, realiza el control correspondiente. Si una persona no declara ni paga el impuesto que le corresponde, debe cancelar una multa del 50% del valor que exceda los $ 1.098 dólares.

Exenciones

Las personas que estudien en el exterior pueden llevar o transferir un monto igual a los gastos relacionados y cobrados directamente por la institución educativa debidamente reconocida por la autoridad nacional competente. Adicionalmente, en cada viaje, pueden llevar hasta % 5.585 dólares.

Las personas con enfermedades catastróficas pueden también llevar hasta $ 5.585 dólares por cada viaje que realicen.

Además, están exentos de ISD los envíos y transferencias al exterior, realizados mediante instituciones del sistema financiero y empresas de courier, los mismos que pueden ser de hasta tres salarios básicos unificados ($ 1.098 dólares).

Fuente: SRI